Medidas para restaurar (o no) la sostenibilidad financiera de las pensiones

Por J. Ignacio Conde Ruiz

El sistema público de pensiones en España es de reparto, contributivo y de prestación definida. Que sea de reparto significa que en cada momento del tiempo los trabajadores dedican una parte de sus salarios a pagar la pensión de los actuales jubilados, es decir, su recaudación se reparte entre todos los jubilados que tienen derecho a percibir una pensión.

Que sea contributivo significa que existe una correspondencia entre las cotizaciones realizadas durante la vida laboral y las pensiones recibidas durante el
periodo de jubilación, de manera que cuanto más se contribuye mayor es la pensión.

En contraposición a los sistemas contributivos (o tipo “bismarkiano”) existen los asistenciales (o tipo “beveridge”), que proveen la misma pensión a todos los
trabajadores independientemente de cuanto hayan contribuido. Que sea de prestación definida significa que en cada momento del tiempo la tasa de sustitución de las
pensiones (o el nivel de la pensión en relación al salario) está definida en función del historial laboral (básicamente años cotizados y bases de cotización).

A este respecto, es importante resaltar que la reforma de 2013 con la introducción del llamado “factor de sostenibilidad” ha dado un (pequeño) paso en la dirección de reformar un sistema de prestación definida como el español hacia otro de contribución definida (en los que las prestaciones se calculan como función de las cotizaciones y la esperanza de vida en el momento de la jubilación).

Es decir, este factor ajusta automáticamente las prestaciones de jubilación a aumentos de la esperanza de vida, por lo que éstas ya no están completamente “definidas”. La mayoría de los países que tenían un sistema de prestación definida como el nuestro también han incorporado algún tipo de ajuste parecido al del factor de sostenibilidad.

Fuente: Fedea

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