Estos son los únicos casos en los que se puede heredar una pensión en Colombia

De acuerdo con la Corte Constitucional, la pensión de vejez se constituye como una prestación económica, resultado final de largos años de trabajo, ahorro forzoso en las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud, y cuando la disminución de la capacidad laboral es evidente.

Así las cosas, su finalidad es garantizar la concreción de los derechos fundamentales de las personas traducidos en la dignidad humana, el mínimo vital, la seguridad social y la vida digna, asegurando un descanso “remunerado” y “digno”, fruto del esfuerzo prolongado durante años de trabajo.

Sumado a lo anterior, el artículo 48 de la Carta Política establece el régimen de seguridad social, dentro del cual se encuentra el reconocimiento del sistema pensional, y en este la pensión de vejez.

Puntos a considerar

Ahora bien, para responder la inquietud de los casos en los que se puede heredar una pensión en Colombia, se debe diferenciar plenamente lo que es un afiliado y pensionado. Así las cosas, si fallece un afiliado que todavía no se había jubilado, hay que entrar a determinar si algún beneficiario puede acceder a una pensión de sobrevivencia.sobrevivencia.

Requisito:

-Que el afiliado cotizara, al menos, 50 semanas en los últimos tres años anteriores al fallecimiento.Si cumple con la condición menciona, recibirán la pensión de sobrevivencia el cónyuge o compañero permanente, si certifica al menos cinco años de convivencia, hijos menores, o entre 18 y 25 años que dependan económicamente de quien murió.

Por otro lado, si el difunto ya se había pensionado, se aplicará la figura de sustitución pensional.

Requisito:

Los beneficiarios en cuestión deberán presentar los documentos que los acrediten como tal (como puede ser un registro civil) y el acta de defunción. Surtido ese proceso, los beneficiarios recibirán, de manera vitalicia, el monto de la mesada que se le pagaba al fallecido.

En caso de que no se cumplan los requisitos, los herederos pueden solicitar la devolución de los recursos que tenía el difunto en su cuenta individual, es decir, todo lo que aportó durante su vida laboral al sistema.

Ahora bien, en el caso de que no existan herederos, los recursos irán al Fondo de Garantía de Pensión Mínima. En cambio, para los afiliados, el dinero va al Fondo de Solidaridad Pensional, una cuenta de la Nación para subsidiar a los que no tienen acceso al sistema de seguridad social.

Heredar pensión en fondos privados y públicos

Según describe Porvenir, a través de su sitio web, esto ocurre en los dos escenarios:

  • Fondos privados. En este caso, cuando no se tienen beneficiaros de ley, es posible heredar la pensión a familiares de hasta quinto grado de consanguinidad. Pueden ser primos, tíos, sobrinos, entre otros. Lo anterior aplica para personas fallecidas que estaban realizando su ahorro pensional y para quienes ya la recibían. Se entrega a sus familiares por medio de una escritura pública o juicio de sucesión.
  • Fondo público. Por otra parte, aquí solamente los beneficiarios de ley pueden recibir la indemnización sustitutiva de un afiliado o pensionado fallecido. Es decir, solo hijos (bajo las condiciones mencionadas antes), cónyuge y padres están en facultad de obtenerla.

 

 

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