España. La justicia europea avisa de que el cálculo de pensiones a tiempo parcial en España puede ser sexista

La estadística tiene como fin cuantificar la realidad para actuar en consecuencia. Y esto es precisamente lo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) pide que hagan los tribunales españoles con el cálculo de la pensión de jubilación de trabajadores a tiempo parcial. La Corte de Luxemburgo ha sentenciado que el sistema español es ilegal si se demuestra que “perjudica en particular a las trabajadoras respecto de los trabajadores de sexo masculino”. Es decir, si es indirectamente sexista. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), cerca del 75% de las empleadas a tiempo parcial eran mujeres.

El caso llegó a Luxemburgo después de que una ciudadana impugnara el cálculo de su pensión de jubilación efectuado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Su pensión se había estimado teniendo en cuenta que durante una parte importante de su vida laboral había trabajado a tiempo parcial. La demandante alegó que esa diferencia de trato suponía una discriminación indirecta por razón de sexo, puesto que la mayoría de las trabajadoras que deben acogerse a estas jornadas son mujeres.

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