El seguro previsional en Colombia

Por Elizabeth Agudelo Henao

El sistema general de Pensiones en Colombia fue reformado mediante la ley 100 de 1993, la cual establece dos regímenes pensionales, fue así como a partir de la vigencia de ésta ley, tenemos un sistema pensional con dos regímenes, uno de capitalización que nació producto de ésta ley y es conocido como el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad – administrado por los Fondos Privados de Pensiones con características propias y excluyentes del otro Régimen de reparto conocido como Régimen de Prima Media con Prestación Definida administrado en su momento por el Instituto de Seguros Sociales hoy Colpensiones.

Ahora bien, algunos se preguntarán ¿cómo se incorpora el seguro dentro del sistema general de Pensiones? Pues bien, la misma ley 100 de 1993 que creó los Fondos Privados de Pensiones, les estableció la obligación de contratar seguros previsionales para cubrir las contingencias de invalidez y sobrevivencia, es así como las compañías aseguradoras que tengan habilitado éste ramo podrán expedir seguros previsionales y rentas vitalicias.

Mediante este documento quiero desarrollar que es el seguro previsional, su importancia dentro del Sistema pensional colombiano, las complejidades que se evidencian en la contratación de ésta póliza debido al contexto social – cultural, normativo y judicial muy propio de nuestro país que no necesariamente se equipara a las complejidades o vacíos que puedan tenerse en otros países.

En esta medida, quisiera detenerme en cada una de esas situaciones que hoy suceden en nuestro entorno colombiano que obstaculizan la fluidez en la contratación de éste seguro y la sostenibilidad económica en doble vía para cada una de las partes, sociedades administradoras de Fondos de Pensiones y Compañías aseguradoras.

Fuente: Repository Javeriana