¿Cuánto le cobrarán los fondos privados de pensión en Colombia en 2025 por manejar su ahorro?

Se elimina la competencia entre sistemas con el nuevo esquema de cotización a jubilación. Los fondos privados de pensión en Colombia entrarán a hacer complemento de lo que administre Colpensiones, que será el mayor administrador en el país.

Sin embargo, tendrán estos privados algunos puntos clave a tener en cuenta al momento de administrar los ahorros de los trabajadores que hacen los aportes de manera formal.

Uno de esos puntos justamente tiene presente que los fondos privados de pensión en Colombia podrán cobrar unas comisiones por la administración de los ahorros y también por la generación de los respectivos rendimientos que complementarán las mesadas de los jubilados.

De hecho, este fue uno de los apartados más fuertes de la discusión que tuvieron las bancadas políticas en el marco del trámite de la reforma pensional.

Indica lo aprobado que los fondos privados de pensión en Colombia descontarán, a título de comisión de administración, máximo el 0,7 % anual sobre los saldos de ahorro que administren las AFP en el nuevo sistema.

Esto empezará a darse desde julio del año entrante, momento en el que entre en operación el nuevo sistema.

Así mismo, indica la nueva norma, las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones podrán cobrar, como comisión por desempeño, “hasta un 2 % sobre los rendimientos reales obtenidos durante el año”, dice la norma.

¿Cómo quedan los fondos privados de pensión en Colombia en los nuevos pilares?

  • Pilar solidario: para todos los mayores de 65 años, que son 2,5 millones de personas, se les dará una renta por encima de la línea de pobreza, equivalente a $225.000
  • Pilar semicontributivo: entregaría una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en fondos privados
  • Pilar contributivo: estarían todas las personas afiliadas al Sistema, en donde Colpensiones recibirá los aportes hasta los 2,3 primeros salarios mínimos cotizados y las Administradoras de los Fondos de Pensiones recibirán las cotizaciones que exceden ese tope
  • Pilar ahorro individual voluntario: sería para aquellas personas que tengan capacidad de pago pueden ahorrar con este mecanismo para obtener una mejor pensión

Aclara finalmente la norma que los fondos privados de pensión en Colombia, en ningún caso y dentro del Pilar Contributivo, podrán utilizar recursos de las reservas de pensión de vejez, ni del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, para gastos administrativos u otros fines distintos al financiamiento de las pensiones.

 

 

Leer más @valoraanalitik