Colombia. Reforma pensional: Centrales Obreras piden eliminar fondos privados de pensión
Las Centrales Obreras presentaron su propuesta de reforma pensional con el propósito de que el Gobierno Nacional la pueda tener en cuenta en el documento final que será radicado el próximo 16 de marzo en el Congreso de la República.
El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Francisco Maltés, afirmó que este documento se dio a conocer en el marco de la reunión de la Comisión de la reforma pensional que realizó el Ministerio de Trabajo y en donde estuvieron presentes los diferentes actores del sector pensional en el país.
“En desarrollo de la agenda laboral, las Centrales Sindicales CUT, CTC y CGT presentamos la propuesta de reforma a las pensiones en Colombia, donde se tienen 30 artículos que son muy importantes para garantizar una vejez digna de los colombianos”, indicó.
El líder sindical destacó tres elementos que transformarán el sistema pensional de los colombianos, entre ellos pidieron la eliminación de los fondos privados para fortalecer a Colpensiones como único fondo de pensiones que tendría el país.
“Creemos que debe haber solamente un fondo público que administre las pensiones en Colombia, toda vez que el sector privado ha sido ineficiente en esta materia en 30 años tan solo han pensionado cerca de 250 mil personas y le han devuelto a 170 mil, esto quiere decir que son personas que no se lograron pensionar, esto es ineficiencia, por eso deben desaparecer”, indicó.
Dijo además que otro de los puntos importantes es la renta de vejez, para las personas mayores de 65 años sin posibilidad de pensionarse, que sea de un salario mínimo a cargo de la administradora pública de Colpensiones.
“También proponemos que el incremento de las pensiones sea igual al incremento del salario mínimo”, sostuvo.
Las centrales obreras en la propuesta, mantienen la edad de pensión, al señalar que debe haber cumplido cincuenta y siete (57) años de edad si es mujer o sesenta y dos (62) años si es hombre.
También se conserva haber cotizado un mínimo de mil trescientas (1300) semanas en cualquier tiempo.
“Como reconocimiento al trabajo de cuidado no remunerado, a partir del año calendario siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley, el número de semanas para las mujeres se disminuirá 50 semanas cada año calendario hasta llegar a 1.150 semanas requeridas en el tercer año de vigencia de la ley”, indicó.
Dentro de los requisitos para obtener el reconocimiento de la Renta Básica de Vejez, está ser colombiano y residir en el país, en los últimos diez (10) años; Cumplir sesenta (60) años, tratándose de mujeres, y sesenta y cinco (65) tratándose de hombres, no cumplir con los requisitos para acceder a la pensión de vejez en el marco de lo establecido en la presente ley y no obtener ingresos de cualquier tipo, equivalentes o superiores al salario mínimo legal mensual vigente.
En el caso de pensión Anticipada de Vejez, dice que “los afiliados que cumplan con la edad mínima requerida, por el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida, para efectos de acceder al reconocimiento de la pensión de vejez, pero que no reúnan las semanas para tales efectos, y que tengan ochocientas (800) semanas cotizadas, podrán acceder a la pensión anticipada de vejez, completando de su mesada pensional los aportes de las semanas restantes para la pensión”.
Mientras que en lo relacionado con el monto de la pensión de sobrevivientes, solicitan que al sobreviviente de las personas que ganen 1 a 2 salarios mínimos se les debe reconocer el 100% de la pensión.
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