Chile. Ofician a Boric para que ponga urgencia a moción que prohíbe a las AFP repartir utilidades si cae la rentabilidad de los fondos
Mientras la reforma al sistema de pensiones sigue estancada y no parece que su tramitación se retome en los próximos días, al menos; se profundiza en el oficialismo la preocupación a raíz de las consecutivas pérdidas en los multifondos más riesgosos –C, D y E-, ya que en ellos están los ahorros de los trabajadores que por su edad están más cerca de la jubilación.
Es por ello que la bancada de diputados PPD e independientes instó este miércoles al Gobierno para que le ponga urgencia al proyecto que prohíbe a los accionistas de las AFP retirar utilidades,cuando la rentabilidad de los fondos es negativa, como ha ocurrido este año, según argumentó el diputado Héctor Ulloa (indep. PPD), aseverando que “el año 2023 la rentabilidad real de los distintos fondos de pensiones ha sido negativa, afectando a millones de cotizantes del sistema de AFP”.
Por lo mismo, es que el diputado de la misma bancada, Carlos Bianchi, presentó el proyecto que modifica la ley N°18.046, sobre Sociedades Anónimas, para prohibir a las AFP distribuir dividendos a sus accionistas cuando la rentabilidad real de los fondos que administran sea negativa. Pese a que esta iniciativa ingresó al Congreso en mayo de 2022 y recién en noviembre de ese año se dio cuenta del ingreso de la moción en la Comisión de Economía de la Cámara, no ha tenido movimiento.
Sin embargo, el hecho de que los fondos incluso más conservadores sigan teniendo pérdidas preocupó a los parlamentarios de la bancada, al punto de enviar un oficio al presidente Gabriel Boric para que “haga presente la urgencia calificada de discusión inmediata o bien la suma urgencia, en la discusión del proyecto”.
Ganancias de las AFP
Uno de los argumentos esgrimidos en el documento para la solicitud al mandatario es que “paralelamente a las irreparables pérdidas que han sufrido todos quienes se encuentran en una edad cercana a jubilar, hemos tomado conocimiento sobre las multimillonarias utilidades reportadas por las AFP durante el presente año 2023: Se ha estimado que tan sólo en el primer semestre, las ganancias de las Administradoras de Fondos de Pensiones crecieron en promedio un 2,6%, es decir, US$278 millones de dólares” y, critica el texto, “en ese escenario, las AFP no tienen ningún incentivo a mejorar sus rendimientos ni a preocuparse por sus pérdidas; por el contrario, sólo miran a satisfacer los intereses de sus controladores”.
Y, en medio del debate de la reforma de pensiones, el documento advierte que, por lo señalado antes “no es errado afirmar que la naturaleza del negocio de las AFP es absolutamente ajena a los principios de la seguridad social”, puesto que “reportan utilidades independientemente del resultado de su gestión, puesto que la comisión mensual que perciben (y que a la larga les reportan las cuantiosas utilidades) es pagada por los trabajadores aun cuando el fondo en el cual se encuentran sus ahorros se reduzca significativamente”.
Algo similar expresó el diputado Bianchi, quien detalló que una de las cosas que busca la moción es que haya incentivos para que las AFP gestionen de mejor manera los fondos de los cotizantes, mismos que no existen actualmente, recalcó. E incluso precisó que “hemos visto como, por ejemplo, los administradores de los fondos de pensiones invierten en una empresa como Falabella, donde han ocurrido pérdidas millonarias y, desgraciadamente, los efectos sólo los pagamos nosotros”.
Las utilidades de acumularán
La iniciativa de artículo único establece que “las sociedades Administradoras de Fondos de
Pensiones no podrán en la forma descrita en el artículo 79 de la presente ley, ni bajo cualquier modalidad, provisionar, retirar, distribuir ni pagar dividendos provisorios o definitivos a sus accionistas, con cargo a un ejercicio anual, cuando la rentabilidad real de cualquiera de los Tipos de Fondos de Pensiones que administra haya sido negativa”.
De manera que ocurridas pérdidas en cualquiera de los fondos “las utilidades de las Administradoras de Fondos de Pensiones se acumularán al ejercicio anual inmediatamente siguiente, en el cual, se aplicará la misma regla sucesivamente. Decretada la suspensión en el ejercicio anual en donde se produjeron las pérdidas o en los sucesivos, sólo se permitirá el reparto de utilidades luego de compensar a los cotizantes por las pérdidas o por las pérdidas acumulas desde que se decretó la suspensión, según sea el caso”, señala el texto.
Por último, establece que la Superintendencia de Pensiones deberá fiscalizar y emitir los reglamentos necesarios para la aplicación de la normativa.
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