A qué edad me puedo jubilar con 35 años cotizados

Las personas que se acercan a la edad ordinaria de jubilación tienen entre sus grandes preocupaciones el momento en el que podrán acometer esa jubilación, es decir, a qué edad exacta podrán jubilarse y dejar de forma definitiva la carrera profesional para disfrutar de un más que merecido descanso.

La cotización acreditada por el trabajador es clave, como siempre en materia de pensiones. Las cotizaciones determinan la edad de jubilación, por lo que en función de esa cotización acumulada se tendrá derecho a jubilarse antes o después. En paralelo, los trabajadores se preguntan si con los años acreditados que ya tienen en su poder tendrán una situación más o menos favorable. Por ejemplo: ¿a qué edad pueden jubilarse las personas que han cotizado 35 años?

Llegar a 35 años cotizados no es fácil: supone trabajar dado de alta en la Seguridad Social durante gran parte de la etapa laboral. En caso de dudas es mejor consultar la vida laboral, documento que recoge las cotizaciones de los trabajadores.

Cuáles son las edades de jubilación en 2023

En España existen dos edades diferentes de jubilación. ¿Por qué? La explicación está en la reforma de las pensiones de 2011, que ha ido aumentando año tras año (y así hasta 2027) la edad de jubilación si los trabajadores no llegan a un nivel concreto de cotizaciones que, además, también se incrementa de forma anual.

Según se recoge en la Ley 27/2011, de 1 de agosto (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado), las edades de jubilación en España para 2023 son:

-De 65 años si se cotizan al menos 37 años y nueve meses.

-De 66 años y cuatro meses si se cotizan menos de 37 años y nueve meses.

A qué edad te jubilas si has cotizado 35 años

Con esas edades válidas para todo 2023, una persona que desee jubilarse con 35 años cotizados podrá hacerlo solo a partir de los 66 años y cuatro meses, ya que no cumple con los requisitos para hacerlo antes, a los 65 años.

No obstante, cuando una persona está tan cerca de la edad de jubilación ordinaria puede tener derecho a jubilarse de forma anticipada. En España hay dos grandes modalidades: la jubilación anticipada voluntaria (que responde a la voluntad del trabajador y permite adelantos de hasta dos años) y la jubilación anticipada involuntaria (que responde a un cese no voluntario en el trabajo y permite adelantos de hasta cuatro años).

Sin embargo, para poder optar a estas jubilaciones es preciso acumular determinadas cotizaciones. En el caso que nos ocupa, el de personas con 35 años cotizados, es posible optar por cualquiera de las dos jubilaciones anticipadas si se cumplen los requisitos de cada una de ellas. Por lo tanto:

-Si cumple con los requisitos de la jubilación anticipada voluntaria podrá jubilarse de forma anticipada desde los 64 años y cuatro meses.

-Si cumple con los requisitos de la jubilación anticipada involuntaria podrá jubilarse desde los 62 años y cuatro meses.

En el caso de pertenecer a alguno de los colectivos con jubilaciones especiales (es el caso del Régimen de Clases Pasivas o las profesiones que por su peligrosidad, toxicidad o penosidad tienen regulaciones individuales), lo mejor para los trabajadores será acudir a la normativa que les afecta para salir de dudas.

Cuánta pensión te queda si te jubilas con 35 años cotizados

A todos los trabajadores les afecta el método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social, que suma las bases de cotización de los últimos 25 años (un total de 300 meses) y las divide entre 350 para tener el valor de la base reguladora. En esta operación la Seguridad Social aplica coeficientes a todas las bases menos a las de los dos últimos años para reflejar la inflación y los trabajadores (salvo autónomos o empleadas de hogar) podrán beneficiarse de la integración de lagunas para rellenar con bases ficticias de entre el 100% y el 50% de la base mínima los periodos sin cotizar.

Los años cotizados también determinan el porcentaje de la base reguladora al que se tiene derecho en la pensión de jubilación: con 15 años se consigue un 50%, por cada uno de los siguientes 49 meses un 0,21% extra de base reguladora y por cada uno de los siguientes 209 meses un 0,19% de base reguladora.

De esta forma, las personas que se jubilen de forma ordinaria con 35 años cotizados tendrán una pensión de cuantía igual al 96,58% de la base reguladora.

Por su parte, los trabajadores que se decanten por una jubilación anticipada tendrán que asumir recortes en la pensión, ya que es la forma con la que el sistema de pensiones compensa la ausencia prematura del trabajador en el mercado de trabajo y con sus cotizaciones.

Estos recortes se efectúan sobre la pensión ya calculada y a través de coeficientes reductores, que son mensuales y dependen de la modalidad de la jubilación anticipada, del tiempo de adelanto y de la cotización previa de los trabajadores. Aparecen en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre (pueden consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado) y son los siguientes:

Jubilación anticipada voluntaria

-Trabajadores de menos de 38 años y seis meses: los recortes en la pensión van del 21% al 3,26%.

-Trabajadores de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados: los recortes en la pensión van del 19% al 3,11%.

-Trabajadores de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses: los recortes en la pensión van del 17% al 2,96%.

-Trabajadores de más de 44 años cotizados: los recortes en la pensión van del 13% al 2,81%.

Jubilación anticipada involuntaria

-Trabajadores de menos de 38 años y seis meses cotizados: los recortes en la pensión van del 30% al 0,63%.

-Trabajadores de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados: los recortes en la pensión van del 28% al 0,58%.

-Trabajadores de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados: los recortes en la pensión van del 26% al 0,54%.

-Trabajadores de más de 44 años y seis meses cotizados: los recortes en la pensión van del 24% al 0,50%.

 

 

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