República Dominicana. Servidores públicos no pueden reclamar sus derechos
¿Tendrán los servidores públicos que usar el servicio de Alguaciles para presentar a la DIDA sus reclamos de traspasos a Hacienda? Consideramos que la negativa de la DIDA a recibir los reclamos de traspasos de los servidores públicos no tiene ningún fundamento.
No entendemos las razones por las que la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) se niega a recibir las solicitudes o reclamos de las personas afiliadas, toda vez que es un derecho como ciudadanos y más aún como afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social, amparados incluso por derechos adquiridos en base a la Ley 379-81, reconocidos en la propia Ley 87-01 y protegidos por la Constitución Dominicana.
El Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) rechaza la actitud que mantiene el personal de la DIDA, el cual no se corresponde a la naturaleza de esa entidad, ni a las funciones que le confiere la Ley que creó esta institución, ni las disposiciones legales que regulan los servicios que deben ofrecer la Administración Pública y los Procesos Administrativos.
Da pena, que una persona que ha trabajado en el Estado acumulando ya 32 años de servicios y teniendo pronto 60 años de edad, viajando desde el interior del país a las oficinas de la DIDA, esta entidad se niegue a recibirle su solicitud de traspaso al sistema de reparto.
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