Chile. Los desconocidos detalles que incorporaron las indicaciones a la reforma previsional sobre el fondo de rezago
Si bien las indicaciones que ingresó ayer el gobierno a la reforma previsional no traen grandes sorpresas, porque fue lo anunciado la semana pasada sobre el fortalecimiento del Pilar Solidario y lo acordado con los diputados hace más de un año, sí hay detalles que no se sabían, como por ejemplo, en lo que respecta al fondo de rezago que se incorporará al fondo común.
Este fue uno de los acuerdos a los que llegó el Ejecutivo en enero de 2020 con la oposición en la Cámara de Diputados, y que le permitió al gobierno aprobar el proyecto para que pasara al Senado.
Allí se definió que se integraría al fondo de ahorro colectivo los fondos de rezago que hoy está en las arcas de las AFP. Estos son los fondos donde se destina toda la recaudación que reciben las AFP por concepto de cotizaciones erróneas y que no se abonan en las cuentas de los usuarios del sistema, por lo que se desconoce quiénes son los dueños de estos recursos.
En las indicaciones que ingresaron ayer, se detalla que estos recursos que se transfieran al fondo común deben tener al menos cinco años de antigüedad.
Así, establece que durante el primer trimestre de cada año, las AFP “deberán determinar los recursos provenientes de las cotizaciones que hasta esa fecha no hayan podido ser abonadas a las cuentas de capitalización individual, por errores u omisiones en la identificación del respectivo trabajador, que al 31 de diciembre del año calendario anterior tengan una antigüedad igual o superior a cinco años contados desde su pago”.
Allí las AFP también “deberán determinar las cuentas de capitalización individual de afiliados fallecidos, que hasta esa fecha no hayan registrado movimiento en los últimos cinco años contados desde el fallecimiento del respectivo afiliado”.
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