COVID-19 y retiro del 10% desmenuzando la ley de retiro de ahorros previsionales

Por Fernando López

Luego de un intenso debate, el 30 de julio se publicó en el Diario Oficial la Ley No 21.248 que permite a los afiliados al sistema de AFP, de manera excepcional, voluntaria y por única vez, retirar hasta el 10 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias. El propósito fue mitigar los efectos sociales derivados de la crisis sanitaria. Este artículo presenta una descripción de los principales elementos de la Ley, el contexto económico y de legitimidad del sistema previsional en el que fue aprobado, así como algunas de las principales ventajas y desventajas del proyecto.

Descripción de la ley a Ley permite que los afiliados al siste-ma de capitalización individual retiren hasta el 10% de los fondos acumula-dos ahorrados en su cuenta de coti-zaciones obligatorias, de manera voluntaria y por única vez. Dependiendo del saldo de ahorro que tengan los afiliados, el proyecto tiene tres condiciones respecto a los montos que se pueden retirar:

• No puede ser inferior a UF35 ($1.000.000) ni superior a UF150 ($4.300.000).

• Para quienes el 10% de sus ahorros sea inferior a UF35 podrán retirar hasta dicho monto (UF35).

• Si el total de fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual son menores a UF35, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos. Quienes retiren hasta 35UF ($1.000.000), recibirán su dinero en una

sola cuota. Quie-nes retiren más de esa suma recibirán su pago en dos cuotas, la primera a 10 días há-biles de la solicitud y la segunda a 30 días hábiles del primer desembolso.

Fuente: Observatorio Economico